CUARTO VIDEO DE LA CAMPAÑA «EL RUIDO ENFERMA» PROMOVIDO POR LA CONFEDERACIÓN VECINAL NACIONAL

Las administraciones públicas, especialmente las municipales, deben ejercer de forma eficaz y eficiente sus competencias en el ámbito urbanístico de control y disciplina ambiental, para prevenir, evitar y suprimir la contaminación acústica, de acuerdo con la legislación europea, estatal, autonómica y local avalada por los tribunales. La Unión Europea, a partir de 2002 (Directiva 2002/49/CE), dio instrucciones en los países miembros para tomar medidas al respeto. España promulgó la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido y posteriormente sus Reales decretos de desarrollo. Así mismo contamos con leyes autonómicas y ordenanzas municipales. La sentencia 16/2004, de 23 de febrero, del Tribunal Constitucional fijó los cimientos de derecho que posteriormente recogieron todas las sentencias en esta materia.
Por todo ello, es urgente que desde las Administraciones públicas, especialmente las municipales, se sigan planes de inspección con los recursos económicos y técnicos necesarios para controlar que los focos ruidosos, tanto en el medio urbano como rural estén bajo los parámetros que marcan las normas y que actúen rápidamente para subsanar o sancionar a quienes las incumplen por atentar contra la salud de las personas. Es necesario aumentar las mediciones oficiales de los niveles de ruido en los domicilios en toda la escala horaria. Seguimos reclamando transparencia en materia ambiental acústica para que los afectados puedan estar correctamente informados de sus derechos y puedan desarrollar las acciones pertinentes en defensa de sus derechos. Insistimos en la necesidad de la participación ciudadana en la gestión de los conflictos derivados de la contaminación acústica, en especial en aquellos derivados del abuso del ocio en los espacios públicos cuya restricción debería ser máxima desde una escala horaria limitada. #CEAVContraElRuido