LA ASAMBLEA GENERAL QUEDA CONVOCADA PARA EL 8 DE JUNIO
Convocatoria Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria
• Tendrán derecho a voto todos los representantes de las asociaciones federadas que estén al corriente de la cuota del 2009.
• En la asamblea ordinaria se presentará informe de gestión de la junta ejecutiva firmado por el presidente, balance de cuentas del ejercicio anterior y presupuesto del año en curso.
• Los representantes con derecho a voto serán el doble de los representantes en la Junta directiva, regidos por el siguiente baremo:
ASOCIACIÓN JUNTA DIRECTIVA ASAMBLEA
MENOS DE MIL SOCIOS 2 4
DE MIL A DOS MIL SOCIOS 3 6
DE DOS MIL A TRES MIL 4 8
MÁS DE TRES MIL 5 10
(BAREMOS APROBADOS EN LA ASAMBLEA DE MARZO DE 2003)
• La fecha se decidirá en junta directiva a propuesta de la ejecutiva, y en cualquier caso con un mes de antelación a la asamblea.
• En el caso de la Asamblea General Extraordinaria, las candidaturas deberán presentarse completas, es decir, con los seis cargos electos, president@, vicepresident@, secretari@, tesorer@, vicesecretari@ y vicetesorer@, y en las mismas se especificará el puesto, o responsabilidad concreta de cada miembro de la misma, y deberá estar avalada por el 25 % de las asociaciones con derecho a voto, en este caso concreto por ocho de las 30 asociaciones federadas.
• El lugar será nuestra sede social, en Puerto Cerredo nº 1 bajo.
• Las asociaciones, OBLIGATORIAMENTE, deberán presentar la lista de sus representantes en la asamblea, estén o no actualizados, mediante escrito firmado y sellado por la asociación correspondiente al MENOS DIEZ DÍAS ANTES de la celebración de la ASAMBLEA. No tendrán derecho a voto AQUELLOS REPRESENTANTES QUE NO ESTÉN DEBIDAMENTE ACREDITADOS.
• Las candidaturas se presentarán al menos con DIEZ DÍAS DE ANTELACIÓN a la celebración de la asamblea.
• El plazo de apertura de candidaturas se abrirá el día posterior a la junta directiva de mayo.
• Tanto si hay una sola candidatura, como si hubiera varias, la elección se haría a mano alzada, excepto que alguna de las personas asistentes con derecho a voto pidiera que este fuera secreto, en cuyo caso se efectuaría en urna.
• Si no hubiera candidaturas, se nombrará una gestora compuesta por tres personas de la Ejecutiva saliente y otras tres a propuesta de la propia Asamblea General, que regirían el control de la Federación, hasta que en un periodo no superior a seis meses se pudieran celebrar otras elecciones o se fuera a la disolución de la Federación.
• Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple de las personas presentes o representadas, cuando los votos afirmativos superen a los negativos, no siendo computables a estos efectos los votos en blanco ni las abstenciones.
Para cualquier aspecto que no sea recogido en las presentes normas se atenderá a lo establecido en nuestros estatutos y reglamento de régimen interno.